El proyecto de Ciudad Creativa Digital es administrado por la Agencia para el Desarrollo de Industrias Creativas y Digitales del Estado de Jalisco. Es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con los siguientes objetivos:

Gestionar las condiciones financieras, administrativas y operativas para impulsar, fomentar, desarrollar y promover el diseño y la producción creativa y digital, audiovisual, multimedia, animación digital, así como otras tecnologías digitales, de software y servicios de comunicación.

Actividades de investigación, desarrollo e innovación, con vinculación local, nacional e internacional.

Gestionar el desarrollo urbano, social, territorial y de vivienda, con los servicios e infraestructura necesaria para su ejecución.

 

I. Desarrollar los ejes y líneas de acción específicos, así como programas, para la consecución de su objeto;

II. Promover y fomentar la inversión de capitales Nacionales y Extranjeros para la consecución de su objeto y de sus fines;

III. Promover, desarrollar y, en su caso, coadyuvar con los sectores públicos, social, privado y académico, en la constitución, fomento y desarrollo de empresas, programas, proyectos y políticas, relacionadas con su objeto y fines, así como desarrollar y proponer esquemas de Asociación Público- Privada que permitan la ejecución y materialización de su objeto;

IV. Constituir fideicomisos, con la intervención de personas físicas o jurídicas, así como entidades de orden internacional, federal, estatal o municipal que aporten recursos o bienes diversos para la ealización de las acciones que emprenda La Agencia para la consecución de su objeto y fines. Los términos, alcances y fines de dichos fideicomisos deberán ser acordados previamente a su formalización por la Junta de Gobierno de La Agencia, en el entendido de que dichos fideicomisos podrán ser, enunciativa más no limitativamente, de inversión y administración;

V. Otorgar todo tipo de financiamiento, préstamos y créditos, de manera directa o por medio de intermediarios, a los sujetos de apoyo debidamente autorizados, para promover, ayudar y fomentar el desarrollo de las industrias creativas y digitales y para la realización de las acciones que emprenda La Agencia para la consecución de su objeto y fines;

VI. Recibir todo tipo de recursos, subsidios y donaciones, ya sea en dinero o en especie, tanto del sector privado, social y público, incluyendo de manera enunciativa pero no limitativa al Gobierno Federal, Estatal o Municipal, así como de organismos descentralizados, centralizados, empresas paraestatales y recursos provenientes de cualquier clase de organismos internacionales para la consecución de su objeto;

VII. Brindar toda clase de asesoría y capacitación a las personas físicas o jurídicas dedicadas a la producción creativa digital;

VIII. Fomentar y apoyar la formación de profesionales competitivos en las industrias creativas y digitales, promoviendo los estudios, obras, proyectos e iniciativas tendientes a la superación académica y profesional;

IX. Promover e incentivar la consolidación de las empresas dedicadas a las industrias creativas y digitales ya existentes, así como la creación y desarrollo de nuevas empresas, en cualquiera de sus áreas: comercialización, capacitación y cualquier otra actividad correlacionada;

X. Realizar y gestionar por parte de La Agencia o de terceros, estudios de investigación de las industrias del sector creativo y digital con el fin de desarrollarla, impulsarla e innovarla;

XI. Apoyar a personas físicas o jurídicas para que estas puedan crear, transformar y transferir producción creativa y digital o cualquier otra forma, a las personas físicas y jurídicas que se lo requieran, atendiendo a lo dispuesto en la legislación correspondiente en vigor en materia de propiedad industrial o intelectual;

XII. Generar y fortalecer la vinculación entre los sectores académico, público, social y privado en materia de industrias creativas y digitales, tanto locales, nacionales y extranjeras, en donde participen activamente el Estado, empresas, cámaras, asociaciones, universidades, investigadores, entre otros;

XIII. Promover y fomentar entre los sectores empresarial, académico, público y social, la generación y uso de las figuras previstas en la legislación de propiedad intelectual;

XIV. Formar alianzas y convenios de cooperación entre otros, con empresas públicas y privadas, instituciones públicas y privadas y centros de educación media superior y superior, con el objeto de detonar y promover las industrias creativas y digitales, realizando todos aquellos actos o actividades permitidos por las leyes tendientes a ello;

XV. Realizar, apoyar y fomentar estudios e investigaciones principalmente en el área de la industria creativa, sin perjuicio de incluir otras áreas afines o complementarias, pudiendo además colaborar con terceros en la realización de estudios e investigaciones al respecto;

XVI. Fomentar la creación de nuevas fuentes de trabajo para los profesionales y estudiantes de las industrias creativas y digitales;

XVII. Establecer convenios de cooperación y coordinación con centros de educación media-superior y superior nacionales e internacionales que tengan programas académicos en el área de las industrias creativas y digitales, promover becas e intercambios de profesionistas con dichas instituciones;

XVIII. La impartición y participación en cursos, seminarios, ciclos de conferencias, estudios y la celebración de toda clase de eventos afines a La Agencia;

XIX. Otorgar becas, estímulos y apoyos para promover, ayudar y fomentar el desarrollo de las industrias creativas y digitales y para la realización de las acciones que emprenda la Agencia para la consecución de su objeto y fines;

XX. Celebrar toda clase de actos jurídicos convenientes o necesarios para la consecución de su objeto; por sí o por cuenta de terceros;

XXI. Promover, apoyar la creación y formar parte de toda clase de asociaciones, fundaciones o cualquier clase de contrato o negocio jurídico relacionado con su objeto;

XXII. Coadyuvar, colaborar y participar con las autoridades federales, estatales y municipales y además organismos públicos o privados nacionales e internacionales, empresas, cámaras y personas físicas que propongan fines análogos a su objeto;
XXIII. Contratar el personal necesario para el cumplimiento de su objeto;

XXIV. Realizar toda clase de eventos de divulgación científica, tecnológica, culturales, académicos y sociales, así como campañas de publicidad, nacionales e internacionales, a fin de obtener los medios o recursos necesarios para realizar proyectos afines a La Agencia;

XXV. Otorgar por conducto de la Junta de Gobierno cualquier clase de poderes y mandatos para que terceras personas actúen en su nombre, por su cuenta o ambas, en los actos que se realicen en cumplimiento de su objeto;

XXVI. En general la ejecución de todos los actos, la celebración de todos los contratos y la realización de todas las operaciones de naturaleza civil o cualquier otra que se relacione con todo o parte de su objeto y todo aquello que sirva para la buena marcha y desarrollo de La Agencia;

XXVII. Realizar las gestiones necesarias ante las autoridades competentes para obtener las autorizaciones, permisos, licencias o concesiones indispensables para la consecución de su objeto;

XXVIII. Participar en la planeación, programación y desarrollo de obras de construcción e infraestructura, equipamiento urbano y demás acciones necesarias para el cumplimiento de su objeto; a través de la dependencia competente para ello;

XIX. El arrendamiento, comodato, fusión, división, subdivisión, régimen en propiedad de condominio, adquisición y/o enajenación por cualquier figura jurídica, de bienes muebles e inmuebles;

XXX. Llevar a cabo en general las acciones necesarias para lograr la integración y consolidación de las industrias creativas y digitales; y

XXXI. Ejercer las demás atribuciones que le confieran otras disposiciones legales o reglamentarias.

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